¿Canon digital en la Argentina?
Se pagaría más por todos aquellos objetos (CD's, DVD's, videos, reproductores de MP3, etc.) que almacenan, graban y reproducen música, imagen y otros archivos.
El debate esta abierto.
Siempre que hubo una transformación industrial de importancia se produjo un impacto tal que, los sectores afectados, buscaron recomponer su situación con soluciones, a veces, poco razonables. La clave para salir airoso ha sido la adaptabilidad y la reconversión del sistema en decadencia hacia un nuevo modelo de producción o de negocio que le aporte un valor agregado a sus productos pero, que a la vez, no aplique limitaciones. Por eso, aplicar un canon sobre todos aquellos "objetos que permitan el almacenaje, grabación y/o reproducción de música e imagen", significaría pagar por la transformación cultural. Y aunque la discusión se centre en el ámbito de la industrial musical, la variedad de objetos que amentarían su costo, amplía los horizontes de la problemática: DVD's, CD's, cassettes, reproductores de MP3 y MP4, cintas filmadoras, discos rígidos, videocaseteras, grabadoras de CD's y DVD's, PDA's, teléfonos celulares, cámaras fotográficas y sigue la lista. Así estarían pagando más caro por éstos productos desde un estudiante que guarde en un CD su monografía, un oficinista que lleve en su pendrive su presentación Power Point, hasta un desempleado que tenga su currículum en un diskette.
El debate
En Internet antes que en el Congreso Fue el diputado y ex actor Claudio Morgado, quien prendió la mecha y decidió poner el asunto a conocimiento y debate de los usuarios de la Web, desde el blog La Barbarie. La punta de lanza fue un proyecto que llegó a manos del legislador por parte de la Unión de Músicos Independientes (UMI). "Me acercaron una propuesta donde se contemplaba, entre otras cuestiones, la creación de un Fondo de Fomento de la Cultura, administrado por un Instituto de la Música y otros entes. El problema surgió cuando comprobamos que tal fondo estaría financiado por el pago de una canon sobre los productos digitales", explicó Morgado.
La propuesta provenía de una serie de asambleas en las que participaron más de 1500 artistas. El objetivo inicial, y principal, era lograr apoyo para fomentar la música y promover a artistas con menos recursos, pero hubo un grupo que insistió en poner como cláusula el famoso canon. Este fue el punto de inflexión en las siguientes reuniones con Morgado. Así lo explicó Malena Graciosi, músico independiente en un extenso mensaje dejado en este blog: "Se llegó a la conclusión de que ese tema era controvertido y delicado y por lo tanto nos comprometimos, de ambos lados, a pensar otras alternativas". La noticia del canon se viralizó en la red local de forma inmediata. Al día siguiente de conocerse la propuesta, el analista de sistemas Fabio Baccaglioni puso on line, bajo una clara postura, el blog http://www.noalcanon.org que en breve estará juntando firmas en contra de cualquier futura ley que incluya al mentado impuestazo.
Como suele ocurrir en estos casos, Claudio Morgado fue el mensajero de la mala nueva y casi lo despellejan. Luego de varios días de comentarios cruzados, el diputado explicó en persona su postura: "No estoy a favor del canon. Mi idea sigue siendo promover la música, pero ideando otro modo de distribución a partir, por ejemplo, de las licencias Creative Commons o de plataformas de descarga pensadas para esto". Las licencias a las que se refiere Morgado, son aquellas surgidas de Internet y que permiten ofrecer, bajo un marco legal y de determinadas condiciones, parte o la totalidad de los derechos de una obra.
El canon te presume culpable
¿Intercambiar archivos es piratear?, es la pregunta que se hacen todos y es, en este punto, donde el tema legal cobra otra dimensión. También conocida por los usuarios de la red como filesharing o downloading, esta práctica permite bajar y compartir, a través de programas (BitTorrent, Emule y otros), archivos de manera gratuita. Hacer esto, siempre y cuando no haya ánimo de lucro, no es ilegal en la Argentina. Sin embargo, algunas discográficas, los organismos que las reúnen y las asociaciones protectoras de la propiedad intelectual insisten en ponerlo al mismo nivel que la piratería musical. "El argentino es pirata: si es ilegal, más le gusta hacerlo. Los pibes de 15 años piensan que la música es gratis, que no tienen que pagar por eso... y las demandas van a sus padres", dijo, en una entrevista reciente, Pablo Cancelliere, marketing manager online de EMI. En sintonía con esta postura, la semana pasada circuló la noticia –luego desmentida en algunos sitios de Internet- que algunos usuarios habían sido intimados desde las discográficas, mediante carta documento, para que paguen por sus "actos de ilegalidad".
Es anacrónico que ante la presunción de que alguien cometa un delito (lucrando con las copias que hace de un disco), se lo criminalice de la misma manera que aquellos que manejan el mercado negro de la comercialización de CD's regrabados. ¿Es pirata quien compra un CD para copiar las fotos de sus vacaciones? ¿Delinque quien graba en un DVD una película que compró originalmente? Está claro que no. Roger Max Schultz es blogger y abogado especializado en Derecho Informático y Telecomunicaciones y fue quien salió al ruedo a desmenuzar, no sólo el proyecto de Ley sino los diferentes conceptos legales que rondan el asunto. "(...) La pobre redacción deja entreabierta una gran puerta para que un juez, ante un caso de piratería, pueda argumentar que el delito ya no es tal, debido a que el sujeto acusado del acto reprochable de copiar, ha abonado previamente, al momento de la compra de su grabadora de DVD, CD u otro formato, el canon correspondiente. Por lo que si es condenado estaría siendo reprochada dos veces su conducta", señaló en su blog.
Por su parte, Mariano Amartino, de Denker Über y Weblogs sobre Weblogs, fue uno de los primeros en explicar de qué iba el tema y planteó otro punto clave de la discusión, que no es menor: el aumento de los objetos digitales ampliaría la tan mentada brecha digital. "¿Cuanto ayuda esto a la sociedad? No se sabe todavía, pero es ridículo que en un país que dice tratar de fomentar la inversión en la edad del conocimiento se sigan encareciendo los productos que definen la brecha digital", escribió. ¿Qué sería, entonces, de los bolsillos de la ciudadanía si tuviese que compensar a todas las industrias que sufren el cambio tecnológico? Allí debería estar el Estado, planificando y previendo estas variables.
Por otra parte, los mismos músicos a los que se busca proteger estarían siendo perjudicados con la implementación del canon. ¿Cuántos de ellos graban su propio material de forma casera y para distribuirlo y hacerse conocer graban CD's y suben su música a la Web? Sorpresivamente, después de la ola de opiniones negativas en la página oficial de la UMI , fue modificado el artículo 21 del proyecto, eliminando la cláusula del canon. Pero la polémica no termina. En la misma propuesta ahora hay una frase que señala: "Este fondo estará incluido en otra Ley que se tratará en las Cámaras de Diputados y Senadores, paralelamente con la Ley de la Música".
El debate
En Internet antes que en el Congreso Fue el diputado y ex actor Claudio Morgado, quien prendió la mecha y decidió poner el asunto a conocimiento y debate de los usuarios de la Web, desde el blog La Barbarie. La punta de lanza fue un proyecto que llegó a manos del legislador por parte de la Unión de Músicos Independientes (UMI). "Me acercaron una propuesta donde se contemplaba, entre otras cuestiones, la creación de un Fondo de Fomento de la Cultura, administrado por un Instituto de la Música y otros entes. El problema surgió cuando comprobamos que tal fondo estaría financiado por el pago de una canon sobre los productos digitales", explicó Morgado.
La propuesta provenía de una serie de asambleas en las que participaron más de 1500 artistas. El objetivo inicial, y principal, era lograr apoyo para fomentar la música y promover a artistas con menos recursos, pero hubo un grupo que insistió en poner como cláusula el famoso canon. Este fue el punto de inflexión en las siguientes reuniones con Morgado. Así lo explicó Malena Graciosi, músico independiente en un extenso mensaje dejado en este blog: "Se llegó a la conclusión de que ese tema era controvertido y delicado y por lo tanto nos comprometimos, de ambos lados, a pensar otras alternativas". La noticia del canon se viralizó en la red local de forma inmediata. Al día siguiente de conocerse la propuesta, el analista de sistemas Fabio Baccaglioni puso on line, bajo una clara postura, el blog http://www.noalcanon.org que en breve estará juntando firmas en contra de cualquier futura ley que incluya al mentado impuestazo.
Como suele ocurrir en estos casos, Claudio Morgado fue el mensajero de la mala nueva y casi lo despellejan. Luego de varios días de comentarios cruzados, el diputado explicó en persona su postura: "No estoy a favor del canon. Mi idea sigue siendo promover la música, pero ideando otro modo de distribución a partir, por ejemplo, de las licencias Creative Commons o de plataformas de descarga pensadas para esto". Las licencias a las que se refiere Morgado, son aquellas surgidas de Internet y que permiten ofrecer, bajo un marco legal y de determinadas condiciones, parte o la totalidad de los derechos de una obra.
El canon te presume culpable
¿Intercambiar archivos es piratear?, es la pregunta que se hacen todos y es, en este punto, donde el tema legal cobra otra dimensión. También conocida por los usuarios de la red como filesharing o downloading, esta práctica permite bajar y compartir, a través de programas (BitTorrent, Emule y otros), archivos de manera gratuita. Hacer esto, siempre y cuando no haya ánimo de lucro, no es ilegal en la Argentina. Sin embargo, algunas discográficas, los organismos que las reúnen y las asociaciones protectoras de la propiedad intelectual insisten en ponerlo al mismo nivel que la piratería musical. "El argentino es pirata: si es ilegal, más le gusta hacerlo. Los pibes de 15 años piensan que la música es gratis, que no tienen que pagar por eso... y las demandas van a sus padres", dijo, en una entrevista reciente, Pablo Cancelliere, marketing manager online de EMI. En sintonía con esta postura, la semana pasada circuló la noticia –luego desmentida en algunos sitios de Internet- que algunos usuarios habían sido intimados desde las discográficas, mediante carta documento, para que paguen por sus "actos de ilegalidad".
Es anacrónico que ante la presunción de que alguien cometa un delito (lucrando con las copias que hace de un disco), se lo criminalice de la misma manera que aquellos que manejan el mercado negro de la comercialización de CD's regrabados. ¿Es pirata quien compra un CD para copiar las fotos de sus vacaciones? ¿Delinque quien graba en un DVD una película que compró originalmente? Está claro que no. Roger Max Schultz es blogger y abogado especializado en Derecho Informático y Telecomunicaciones y fue quien salió al ruedo a desmenuzar, no sólo el proyecto de Ley sino los diferentes conceptos legales que rondan el asunto. "(...) La pobre redacción deja entreabierta una gran puerta para que un juez, ante un caso de piratería, pueda argumentar que el delito ya no es tal, debido a que el sujeto acusado del acto reprochable de copiar, ha abonado previamente, al momento de la compra de su grabadora de DVD, CD u otro formato, el canon correspondiente. Por lo que si es condenado estaría siendo reprochada dos veces su conducta", señaló en su blog.
Por su parte, Mariano Amartino, de Denker Über y Weblogs sobre Weblogs, fue uno de los primeros en explicar de qué iba el tema y planteó otro punto clave de la discusión, que no es menor: el aumento de los objetos digitales ampliaría la tan mentada brecha digital. "¿Cuanto ayuda esto a la sociedad? No se sabe todavía, pero es ridículo que en un país que dice tratar de fomentar la inversión en la edad del conocimiento se sigan encareciendo los productos que definen la brecha digital", escribió. ¿Qué sería, entonces, de los bolsillos de la ciudadanía si tuviese que compensar a todas las industrias que sufren el cambio tecnológico? Allí debería estar el Estado, planificando y previendo estas variables.
Por otra parte, los mismos músicos a los que se busca proteger estarían siendo perjudicados con la implementación del canon. ¿Cuántos de ellos graban su propio material de forma casera y para distribuirlo y hacerse conocer graban CD's y suben su música a la Web? Sorpresivamente, después de la ola de opiniones negativas en la página oficial de la UMI , fue modificado el artículo 21 del proyecto, eliminando la cláusula del canon. Pero la polémica no termina. En la misma propuesta ahora hay una frase que señala: "Este fondo estará incluido en otra Ley que se tratará en las Cámaras de Diputados y Senadores, paralelamente con la Ley de la Música".
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