miércoles, 14 de mayo de 2008

La Justicia archivó la causa de Tulio Adorna

La Cámara de Apelaciones de Rosario remitió ayer al archivo la causa penal abierta hace casi cinco años contra Tulio Adorna. Esto significa que el chico de 22 años, declarado inimputable de los homicidios de su padre y su hermano, ya está liberado del control del Poder Judicial. Este es, en definitiva, un caso cerrado.

Los camaristas dieron por válido el argumento que la defensa estableció el año pasado: que el joven estaba recuperado clínicamente y que por ello es innecesario prolongar la medida de seguridad psiquiátrica que se le había impuesto, en sustitución de la pena que le habría correspondido en caso de ser imputable.

Lo hicieron luego de escuchar el dictamen favorable de un médico y una pediatra que recomendaron la supresión del control psiquiátrico. Aunque para declararlo inimputable hace dos años se había sostenido lo contrario, ahora el forense Carlos Elías descartó la existencia de una enfermedad mental en el joven y, según el fallo, consideró diluida su peligrosidad original.

Para los jueces Ramón Teodoro Ríos, Juvencio Mestres y Adolfo Prunotto Laborde, la continuidad de la terapia en lugar de ayudarlo aumenta la vulnerabilidad del joven. Lo mismo la prolongación del trámite judicial y la divulgación pública de sus alternativas.

La discusión. El fallo que interrumpe el control judicial sobre Tulio Adorna se produce a dos meses de que se dictara otro que recomendó lo contrario. En marzo pasado la jueza María del Carmen Musa se opuso al archivo de la causa. Señalaba que ningún proceso diagnóstico firme sugería la desaparición del trauma que detonó el estallido del chico del 4 de octubre de 2003 en la casa familiar de Funes, lo que implicaba persistencia de peligro para sí mismo y para terceros. Musa aseguró no había constancia de la continuidad y la coherencia del tratamiento que recibió el joven.

Hace una semana Tulio compareció en una audiencia en la Sala II de la Cámara Penal que debía dirimir si la causa judicial seguía o iba al archivo. Estuvo allí su defensor, Jorge Bedouret, y dos personas que participaron en todo el trámite del seguimiento del joven: el citado Carlos Elías y Mirta Guelman. Estos últimos coincidieron, según los jueces, en el diagnóstico de la recuperación de Tulio y en lo contraproducente de prolongar la intervención judicial.

Los otros. No estuvieron en la audiencia otros profesionales, citados por la jueza Musa, que llegaban a conclusiones distintas sobre eso. Por ejemplo la psicóloga Mónica Rateni, que recomendaba la continuidad del tratamiento psiquiátrico, que el joven había abandonado en el último período.

Esta especialista hablaba de falta de conciencia de la enfermedad. Musa mencionaba en su fallo de hace dos meses que había abundantes y explícitas manifestaciones de profesionales aludiendo a las dificultades que tuvieron para mantener al muchacho en la terapia.

Uno de los motivos por los cuales Tulio no recibió condena es porque se probó que padecía una enfermedad: Trastorno Borderline o Trastorno Límite de la Personalidad (TLP).

Este cuadro implica inestabilidad en las relaciones, en la afectividad, y una notable impulsividad. Por esto, para la jueza Musa, necesitaba tratamiento. El asesor de Menores Luciano Corvalán y la fiscal María Isabel Más Varela habían coincidido con este planteo.

La réplica. Los camaristas, no obstante, lo refutaron. Estimaron que es difícil que se renueve el peligro de que Tulio reitere hechos que lo pongan en riesgo a él o a terceros. Lo consideran exitosamente encaminado. Señalan que la situación que se presentó originariamente, y que detonó su acto, no volverá a repetirse. Que cambió su edad y, con ello, el sistema neurológico y hormonal del niño que protagonizó aquel acto.


La cuestión de hacerse cargo

Ha sido un caso complicado. Para el protagonista de esta historia más que para nadie. Un chico que sufrió antes de poner en acto su catástrofe y que seguramente sufre. Que luchó y deberá seguir luchando para rehacerse.

Complicado también para su familia y sus amigos. Para los jueces y sus auxiliares, para los fiscales, la defensa y los especialistas. No lo fue menos para la prensa. Que recibió en el fallo de ayer la recomendación de tratar con prudencia este tema.

A lo largo de todo el trámite penal asomó una disputa de argumentos en torno de un punto culminante: si Tulio Adorna pudo ser capaz de inscribir subjetivamente el acto que lo llevó a juicio. Si se hizo cargo de lo que hizo. En el último tramo del debate esto motivó discrepancias reflejadas en fallos judiciales. Este diario se limitó a exponerlas.

Para los medios proclives a ser cuidadosos con quienes caen en el sistema penal la invitación a la prudencia es bienvenida. Pero si la prensa se ocupó del caso, del que también se ocupó el Estado promoviendo un juicio, fue porque hubo dos muertes. Por eso el desafío de Tulio no se agota en afrontar lo ocurrido en el chalé de Funes. Asumir el impacto público será, para él, una parte de ese hacerse cargo. Porque, dicho con piedad, lo que lo colocó en los medios fue su acto. No lo salvarán quienes pretendan taparle los oídos.

Tulio gozó de un abordaje excepcional del que, es muy obvio, no disfrutan quienes no tienen recursos. A éstos suele esperarlos el castigo. Esa protección que funcionó con él, igual, es algo para celebrar.

El último tramo de este debate jurídico fue para definir si aquella situación que Tulio terminó con una salida violenta, en efecto, ya terminó para él. La Cámara Penal entiende que sí. La única forma de sanar es hacernos responsables de lo que hacemos, que no es otra cosa que incorporar la complicada verdad a nuestras vidas. Con Tulio y con todos, que así sea
Por Hernán Lascano / La Capital

Las alternativas de un caso impactante

La noche del 4 de octubre de 2003 Tulio Adorna entró al living de su casa con una pistola Bersa provista de silenciador y disparó por la espalda a la cabeza de su padre Alberto, de 50 años, y de su hermano menor Germán, de 16, quienes murieron en el acto cuando miraban televisión en un sofá.

La fiscal Alicia Donni pretendía que le aplicaran una pena de prisión perpetua, con la convicción de que el muchacho sabía que usaba un arma cargada y que no vaciló en hacerlo; que al ser detenido estaba ubicado en tiempo y espacio; que no se detectaron en él trastornos de ánimo y que las pericias no fueron contundentes al inclinarse por su inimputabilidad.

En el mes de febrero de 2006, el juez de Menores Juan Leandro Artigas consideró que una "emoción violenta patológica transitoria" afectó a Tulio al punto de impedirle entender lo que hacía. Lo declaró entonces inimputable en base a las pericias psiquiátricas que, además, detectaron que Tulio padece una patología orgánica (disminución del campo neuronal) que lo predispone a cometer actos violentos.

A fines del año pasado el abogado Jorge Bedouret pidió que cesara la intervención judicial porque su cliente se había recuperado. La jueza María del Carmen Musa rechazó el pedido por considerar que ningún diagnóstico acreditaba eso. Ayer la Cámara Penal desconoció el planteo de la jueza, avaló el criterio de la rehabilitación de Tulio y cerró el caso.

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