El gobierno de la provincia de Santa Fe dispuso la publicación en su página web oficial del listado completo de los agentes públicos en actividad en el área del Poder Ejecutivo, en una medida que apunta a transparentar la gestión de gobierno. También se publicará la base de datos de aquellos que hayan cesado en sus funciones.
La medida fue dispuesta a través del decreto Nº 1.774, que lleva las firmas del gobernador Hermes Binner y de los ministros de Gobierno y Reforma del Estado, Antonio Bonfatti; de Economía, Ángel Sciara; y de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti.
La norma, que entrará en vigencia a partir de los 60 días de su publicación, crea el “Sistema Provincial de Información Mínima Publicable respecto de agentes públicos”, cuya autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública, dependiente del Ministerio de Economía.
El decreto establece que “la incorporación de la información a las bases de datos y su publicación se realizará en forma progresiva, conforme lo determine la autoridad de aplicación, comenzándose por el personal político”. Asimismo, invita a adherir al sistema a los poderes Legislativo y Judicial, así como a las municipalidades y comunas de la provincia.
BASES DE DATOS
En el Anexo Único del decreto, se establece que la autoridad de aplicación “creará y gestionará” las bases de datos de agentes públicos en actividad y de aquellos que hayan cesado en sus funciones, las que se publicarán en la página web provincial (formato electrónico), de manera progresiva, y deberán actualizarse al menos una vez al mes.
La base de datos de los agentes públicos en actividad “contendrá la nómina completa del personal que preste servicios en relación de dependencia y/o como personal político a las órdenes del Poder Ejecutivo Provincial, ya sea en el ámbito de la Administración Pública Provincial Centralizada y/o Descentralizada, entes públicos no estatales y/o privados, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades anónimas del Estado, sociedades de economía mixta, empresas y entes residuales, entes interestatales y todas aquellas organizaciones empresariales donde el Estado Provincial, a través de su administración centralizada y/o descentralizada, tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias”.
En relación a cada uno de dichos agentes, la base de datos contendrá la siguiente información: número de documento; tipo de vinculación que mantiene con el Estado; fecha de ingreso y/o de vinculación con el Estado; cargo, categoría, función que desempeña y organismo donde presta servicios; norma por la cual se lo designa en la actual función; y sueldos netos de descuentos legales.
Respecto de los agentes públicos que hayan dejado de prestar servicios, contendrá la nómina del personal que se desvincule de la administración a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, en tanto dicho personal hubiere integrado la nómina referida en el artículo anterior.
Con relación a cada uno de dichos agentes, la base de datos contendrá la fecha de la desvinculación; y la norma y/o causa por la cual se produjo la misma.
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Esta medida del gobierno se enmarca en la línea de lo ya dispuesto por el decreto Nº 692/09, del pasado 29 de abril, que regula el mecanismo de acceso a la información pública. En ese sentido, hace referencia al “principio de transparencia activa”, según el cual “el Estado debe poner a disposición del público, sin necesidad de que medie solicitud por parte de éste, información que se encuentre en su poder referida a la gestión de políticas públicas”.
También menciona que “la publicidad de la información relativa a la actividad estatal contribuye a la transparencia de la gestión pública”, así como el control de la misma por parte de la ciudadanía.
Además, mediante la aplicación de este mecanismo se deberá permitir el acceso a la información referida a funcionarios públicos del Poder Ejecutivo en relación al ejercicio de su función, siempre que la divulgación de la misma “no afecte su intimidad y/o el desempeño de sus funciones”.
En el mismo apartado considera imprescindible que la información contenida en este Sistema esté disponible en la página web de la provincia, “siendo necesario constituir un sistema de implementación eficiente y progresiva (…) y que permita un acceso fácil y rápido”.-
Fuente: www.santafe.gov.ar
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